sábado, 18 de octubre de 2014

5. Que se debe hacer cuando existan errores de radicación o anulación ?

Según el páragrafo del articulo 5 del aucerdo 060 de 2001, cuando existan errores en la radicación y se anulen los números, se debe dejar constancia por escrito, con la respectiva justificación y firma del Jefe de la unidad de correspondencia.

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